Translate

lunes, 7 de octubre de 2013

Entrevista publicada en El Espectador al Representante Germán Navas T.

Hace pocas semanas, en Colombia se vivieron semanas de movilizaciones sociales (paros, marchas, protestas). En primera instancia el Gobierno intentó desconocerlas, pero cuando el país logró dimensionar la situación. El gobierno debió entrar a dialogar con las diferentes fuerzas que alegaban cómo el Gobierno Nacional podía hablar con la guerrilla (en La Habana) y no con los diferentes sectores legales que permanecían marginados.
Poco a poco se han ido usando herramientas como la ley 1453 de 2011 y ahora el ministro de Defensa ha ido lanza en ristre contra quienes muestran algún asomo de disconformidad.  Ya se radicó en Cámara el proyecto 091 de 2013 que no hace cosa distinta que penalizar la protesta.

Esta es la transcripción de la publicación de El Espectador: (06 oct. 2013)

Un proyecto de ley presentado hace pocos días al Congreso por el ministro de Defensa (ver parte superior de esta pág.) afectaría los derechos fundamentales de muchos ciudadanos si es aprobado. Como allí se modifican los Códigos Penal, de Procedimiento Penal y otros, ¿no debería ser del resorte del ministro de Justicia y haber tenido una amplia discusión pública?
Claro que sí. Sin embargo, no me extraña que no haya ocurrido así: el ministro Juan Carlos Pinzón es el otro yo del doctor Santos. Tal vez por esto él cree que puede tomar decisiones en esas dos carteras. Pero Alfonso Gómez Méndez, el nuevo ministro de Justicia, sí sabe de derecho penal, mientras que Pinzón no tiene idea de esas materias. Ese proyecto que usted menciona no sólo ha debido ser debatido en público y estructurado en el Ministerio de Justicia, sino que tenía que contar con el aval del Consejo de Política Criminal. Probablemente el resultado no hubiera sido tan desastroso. Como llegó a la Cámara con la única firma de Pinzón, se entiende que nadie más fue consultado.
Sorprende que un proyecto tan vital para las libertades individuales haya pasado inadvertido. Cuando se lo entregaron a usted hace un par de días, ¿había oído algo sobre él?
Le voy a ser sincero: a mí me cogieron “virgen”. No tenía idea. Y eso que pertenezco a la Comisión Primera de la Cámara, en donde se tratan temas de carácter constitucional y penal.
¿Quién o quiénes en su Comisión van a ser los que estudien el tema y escriban la ponencia?
Uno por cada partido: Germán Varón (Cambio Radical), Bérner Zambrano (Partido de la U), Hugo Velásquez (Liberal), Gustavo Hernán Puentes (Conservador), Fernando de la Peña (PIN), Alfonso Prada (Verde), José Rodolfo Pérez (Apertura Liberal) y yo (Polo).
¿Se podría adelantar si esa ponencia cuenta con mayoría de votos negativos o positivos?
Es muy temprano para poderlo calcular. En lo que a mí atañe, anuncio desde ya que mi voto será negativo. No podría aceptar la criminalización de la protesta y menos considerar que lo que está plasmado en este proyecto sea la respuesta correcta del Estado a las manifestaciones de descontento popular.
Precisamente allí se plasma la intención de aumentar o crear delitos y penas. ¿Comparte la tendencia general en Colombia de criminalizar cualquier conducta que implique desorden personal o social, sin ningún tipo de gradación o estudio previo?
Aquí suelen proponer delitos y aumento de penas por cualquier motivo, pero, al mismo tiempo, todos los días están buscando medidas para descongestionar las cárceles. Esas contradicciones demuestran la ausencia de una política criminal seria. Recuerde cuando querían modificar el Código Penitenciario con la intención de dejar en libertad a muchos, incluso a algunos con nombre propio. Al final, uno no sabe —pero sospecha— si lo que quieren es vengarse de unos y beneficiar a otros. Si lo que están buscando es meter a la cárcel a los incómodos y soltar a los aliados, y lo logran, se estaría legalizando un comportamiento opuesto al que debe imperar en un Estado democrático.
Entre las propuestas al Código Penal, previstas en el proyecto del ministro de Defensa, hay una que tipifica el delito de “obstrucción a vías que afecten el orden público”. Propone prisión de 3 a 5 años, multas y pérdida de derechos para los infractores. ¿Ese cambio será una respuesta a los paros agrarios o es una simple casualidad?
Ninguna casualidad. Si usted lee la descripción de ese tipo penal verá que buscaron encajar en el nuevo delito a todos los que, de una u otra forma, estuvieron cerca de las protestas y los pasados paros. Como si fuera poco, allí se utilizan verbos indefinidos. Por ejemplo, “incitar”. ¿Cabe en esa descripción el estudiante que les dice a sus compañeros “vamos a protestar” y luego interrumpen momentáneamente el tráfico? ¿Se van a ir a la cárcel los de la Pedagógica, la Distrital, la Nacional, la UIS? ¿También serán puestos en prisión los paperos de Boyacá si vuelven a parar y uno que otro congresista que los acompañó en las marchas? Es tan infame esta disposición, que los responsables no tendrían derecho a ningún beneficio o subrogado penal como los que se otorgan a delitos de mucha mayor gravedad.
Ese artículo aclara que se excluyen de ser penalizados quienes tengan permiso de autoridad competente para realizar manifestaciones. ¿Las protestas espontáneas serían calificadas, en consecuencia, como delictivas?
Pues según ese proyecto sí, porque no tendrían permiso. Pero eso es absurdo, porque las protestas sociales no tienen el carácter de procesión de Semana Santa ni de marcha del Día del Trabajo. Las manifestaciones surgen por razones puntuales y no se organizan consultando con el Estado, puesto que, precisamente, su naturaleza es la de ser una expresión de rechazo a una actitud o a una decisión oficial. ¡Imagínese usted a los líderes de la Revolución Francesa pidiendo permiso con 72 horas de anticipación para manifestarse!
Al Código de Procedimiento Penal se le añadiría un artículo que autoriza a la Policía “destruir (‘ipso facto’) los medios utilizados para la exploración o explotación ilícita de minerales y otros”, por ejemplo, maquinaria, equipos y bienes después de que un juez lo decida “dentro de las 36 horas siguientes a la solicitud de un fiscal”. ¿Esta propuesta se ajusta a la Constitución?
Por el contrario, creo que atenta contra los principios de la Carta. El ministro de Defensa parece añorar los consejos verbales de guerra de Rojas Pinilla y de Luis Carlos Camacho Leyva. Ese artículo viola los principios del debido proceso y el derecho de defensa, entre otros. ¿Van a destruir maquinaria sólo con la presunción de que sirve para algo ilegal? Y si después se establece que hubo una equivocación, ¿quién va a restituir el bien y con cuál dinero? ¿El público?
¿La destrucción de bienes particulares viola otros derechos?
Sí. Viola el derecho de propiedad privada. Pero más allá de estos temas puntuales pareciera que, con este proyecto, el Gobierno tuviera en mente prepararse para cuando empiecen a dilatarse los arreglos, se incumplan los acuerdos con los campesinos y éstos decidan volver a protestar. Entonces ya no podrán hacerlo por la amenaza de ser castigados penalmente.
Ese permiso de destruir bienes “a prevención” estaría en manos del Ministerio de Ambiente, la Unidad de Parques Nacionales, las corporaciones autónomas regionales y municipales y hasta la Armada y la Policía. ¿Puede pasar el examen en la Corte Constitucional esa facultad?
Creo que la Corte examinaría la autorización de destruir bienes y también la delegación de competencias a funcionarios del Ejecutivo que, en mi sentir, son exclusivas de los jueces. Y sería difícil que, después, conceptuara que esas facultades son constitucionales.
En materia ambiental el proyecto establece que “se presume la culpa o dolo… y (que) el infractor será sancionado si no desvirtúa (esa) presunción”. ¿Cómo califica esta propuesta?
Sólo quisiera ver si la Corte Constitucional se traga ese dulce envenenado.
¿La minería informal a la que se dedican centenares de campesinos pobres para subsistir quedaría equiparada a la minería ilegal?
Absolutamente. Tal como está redactado el artículo, la minería ilegal queda equiparada con la artesanal. No hay ninguna diferenciación.
De otro lado, se está contemplando prisión de entre 1 y 5 años para adolescentes de 16 a 18 años de edad, lo cual es un significativo endurecimiento de penas para los jóvenes. ¿Justo o injusto?
Hace menos de 15 días una propuesta similar estaba siendo discutida en la Comisión Primera de la Cámara con Bienestar Familiar, delegados de la Procuraduría y de la Defensoría. Con la presentación de este proyecto, el ministro Pinzón se llevó de calle el otro. Mire usted la descoordinación del mismo Estado.
El ministro de Defensa es tan poderoso en el Congreso que todo lo que pide se lo dan. No hay sino que recordar cómo sacó adelanta la ampliación del fuero militar pese a las objeciones nacionales e internacionales.
Juan Carlos Pinzón es, de lejos, el ministro más poderoso del gabinete en el Congreso. Los parlamentarios hacen lo que él desea. Le tienen pánico o lo quieren complacer en todo. Deben saber que él es, como le dije al comienzo, el otro verdadero yo del presidente Santos.
¿Qué propone el proyecto del Ministerio de Defensa?
El Proyecto 091 de 2013 fue presentado a la Cámara de Representantes por el ministro Juan Carlos Pinzón el pasado 11 de septiembre y publicado en la Gaceta Oficial el 16 de ese mes. Pero sólo hasta ahora fue repartido a los representantes de la Comisión Primera para su estudio y ponencia. En él se establece, entre otras modificaciones, el tipo penal de “obstrucción a vías públicas” con penas de prisión de 36 a 60 meses, multas de 20 a 100 salarios mínimos, inhabilidad y pérdida de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena de prisión. También autoriza la destrucción de “los bienes, maquinaria, equipos o insumos” utilizados para la minería ilegal… dentro de las 36 horas siguientes a la solicitud motivada del fiscal ante un juez”. Y, paradójicamente, afirma que los “terceros de buena fe exentos de culpa” podrán solicitar la protección de sus derechos “con posterioridad al acto de destrucción”, pero no explica cómo, cuándo ni quiénes les restituirán sus propiedades perdidas. En otro asombroso aparte, el proyecto señala que “en materia ambiental se presume la culpa o el dolo del infractor, lo cual dará lugar a las medidas preventivas”. Y que “el infractor será sancionado definitivamente si no desvirtúa la presunción de culpa o dolo…”.
“Parece un proyecto elaborado por el franquismo”
Concepto del constitucionalista José Gregorio Hernández: “La lectura del proyecto permite concluir que exagera, hasta el extremo, la posibilidad de la acción estatal; que consagra penas desproporcionadas e irrazonables; que, contra la Constitución, presume la culpabilidad; que niega los recursos frente a decisiones administrativas que pueden lesionar derechos fundamentales y colectivos; que se presta a la arbitrariedad; que otorga facultades desmesuradas a las autoridades administrativas; que criminaliza la protesta; que expone de manera gaseosa las conductas punibles respecto de las cuales prevé aumento de pena, y que, en general, parece un proyecto elaborado más por el franquismo que por abogados demócratas. Además, su formulación ante el Congreso no corresponde al ministro de Defensa, sino al ministro de Justicia”.
Por: Cecilia Orozco Tascón

7 comentarios:

  1. Violación a los derechos fundamentales como la libertad de expresión y el derecho a la propiedad privada; violación a los derechos colectivos, y la extralimitación de las acciones del Estado, son algunos atropellos a la democracia que pretende materializarse con el proyecto propuesto por el ministro Juan Carlos Pinzón.

    Dadas las movilizaciones presentadas hace unas semanas, en donde hubo marchas, bloqueos, protestas, paros, saqueos entre otros; se da ha conocer el proyecto de ley 091 de 2013 que pretende criminalizar y penalizar la protesta, la libertad de expresión, la posibilidad que tienen los ciudadanos de expresar su descontento, y de manifestarse ante irregularidades que los altos mandos comentan o pretendan cometer. Por ejemplo, es inadmisible para un Estado Social de derecho, para un Estado precursor de la democracia representativa que se pretenda a través del Ministro de Defensa Juan Carlos Pinzón, penalizar a aquellos que “inciten” las movilizaciones sociales, esta disposición no debería tener lugar por la violación a los derechos fundamentales que estaría abarcando.

    Por otro lado, además de que la formulación de proyectos de este calibre le corresponde al ministro de justicia, las penas propuestas son desmesuradas, no guardan relación alguna teniendo en cuenta los “delitos” que se pretenden penalizar. Por ejemplo, las penas multas y perdida de derechos que se pretende establecer por la obstrucción a las vías públicas son desproporcionadas respecto al “delito”, “obstrucción a vías públicas con penas de prisión de 36 a 60 meses, multas de 20 a 100 salarios mínimos, inhabilidad y pérdida de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena de prisión”(El espectador, Cecilia Orozco).

    Ahora bien, cabe resaltar que los saqueos, la violencia, la destrucción de los bienes públicos, es decir la protesta criminal que también se vivió en esos días son factores que no se pueden volver a repetir. Sí hay que buscar formulas para frenar esta violencia que se presenta en algunas manifestaciones, pero la solución no es prohibir o penalizar la protesta, la solución no es extralimitarse en las funciones que le competen al Estado y violentar libertades individuales, y colectivas; tiene que ir encaminada a penalizar aquellas practicas como las que se vivieron en Facatativá en donde “Más de 12 locales fueron saqueados, incendiados y destruidos y se evalúan las pérdidas que pueden ascender a más de 300 millones de pesos”(Noticias Caracol, “Por asonada y terrorismo imputarán a detenidos en Facatativá”).

    ResponderEliminar
  2. Es claro que penalizar las protestas o las movilizaciones sociales no es la solución para los diferentes hechos de vandalismo o violentos que se han presentado durante los últimos meses en el país. No solo se estarían violando algunos derechos fundamentales del ciudadanos y libertades individuales sino que las condenas propuestas son un poco fuertes incluso absurdas cuando se pasa a mirar el delito por el cual se está siendo castigado.

    En palabras de Clara López, presidente de Polo Democrático "Este proyecto que presenta a consideración del Congreso el Gobierno no hace cosa distinta que criminalizar la protesta porque le quita un término el de ‘ilícito’ para los medios que se utilicen en la protesta. De esa manera, deja avocados a los promotores y participantes de cualquier movilización social, a ser penalizados por protestar contra el Gobierno y le quita legitimidad a la protesta".

    Sin embargo, es claro que en Colombia hace falta una política criminal fuerte y contundente frente a todos los delitos que se presentan en el país y dicho lo anterior no se quiere decir que se deben permitir los hechos de vandalismo y diferentes acciones que perjudican a muchos ciudadanos como por ejemplo los bloqueos de las vías del país. Se necesitan penas fuertes contra personas que realicen daños contra bien ajeno y personas que inciten a esto, así como sanciones contra aquellos que bloqueen el tráfico, pero no se debe penalizar ni generalizar a la protesta pues estamos hablando de un derecho fundamental del ciudadano y al fin y al cabo "protestar es sano".

    ResponderEliminar
  3. Esta nueva iniciativa del Ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzon es una clara opresión a los derechos fundamentales de los ciudadanos colombianos, donde se coarta nuestro derecho a la libertad de expresión, la protesta no puede ser criminalizada, este derecho no puede ser sublevado, el Ministro de Defensa pretende reformar el artículo 353 A del Código Penal, el cual hace referencia a la obstrucción de vías públicas, este proyecto ha desatado una gran polémica al interior y al exterior del país, el proyecto tiene varios detalles que vale la pena analizar con detalle, cómo el señor ministro de defensa puede sustentar y justificar que aquella persona que por medios “ilícitos” incite a la propuesta será objeto de sanción, el senador Jorge Enrique Robledo se pronunció al respecto donde fue contundente al advertir que “retirar la palabra ilícitos es un cambio tenebroso, eso quiere decir que actos legales como la protesta se convertirían en delitos. Yo le pregunto al presidente Juan Manuel Santos ¿si acciones como está, o tomar la decisión de duplicar la cantidad de agentes del Esmad en el país no son las que diferencian una dictadura de una democracia?. Con este artículo tenga claro que pueden ser procesados dirigentes gremiales, líderes sociales y a los políticos que estén de acuerdo con los justos reclamos de las personas”.
    Es inadmisible que nuestra carta política profese que Colombia es un Estado Social de Derecho y que por otro lado uno de los altos dirigentes del gobierno, quiera limitar o restringir el derecho a la protesta, aquella mediante la cual los ciudadanos mostramos nuestra inconformidad, oposición o queja ante las medidas adoptadas por el gobierno, es allí donde resulta importante preguntarnos si seguiremos siendo un Estado Social de Derecho o en Colombia él gobierno busca valerse de la constitución para blindarse. Para el senador Camilo Romero “este es un gobierno tramposo, dice que va a solucionar los problemas y preparar las medidas para que la gente no pueda protestar. Saben que van a incumplir y buscan seguros para imponer sus medidas lesivas acallando el justo reclamo de las comunidades. Ahora, con un mico en una ley pretenden que no podamos protestar o ilegalizar el derecho a gritar que no soportamos más gobiernos enemigos de la población”. Es importante buscar medidas contundentes que logren catalizar aquellos hechos como la violencia, en algunos casos el irrespeto a la autoridad, así mismo como el abuso de autoridad , la destrucción de varios inmuebles , los saqueos a los bines públicos y privados, entre otros, en conclusión lo que hay que buscar es castigar esto mas no la protesta, y catalogar a los protestantes como si fueran delincuentes que hay que poner tras las rejas.

    ResponderEliminar
  4. Si bien en Colombia se ha proclamado que existe un sistema democrático, el cual Norberto Bobbio describe como “Una forma de gobierno que además de ser un conjunto de reglas procedimentales para la toma de decisiones, constituye un determinado orden social inspirado en contenidos sociales y valores como la igualdad, la justicia, la defensa de los derechos fundamentales del hombre, la tolerancia y la renovación de la sociedad mediante el libre debate de las ideas”. Éstas entre otras características que debería tener la democracia.
    Ahora bien, de lo que plantea Bobbio a la realidad existen muchas discrepancias y en algunas circunstancias se vulnera la democracia sin darse cuenta. Un ejemplo de ello es el caso del proyecto de ley presentado por el Ministro de defensa, el cual pretende criminalizar la protesta. Con este proyecto se esta desvirtuando el sistema democrático en el cual nos encontramos ¿acaso el gobierno no esta tratando de vincular e incluir a la sociedad civil en los procesos de paz por ejemplo? Pues con este proyecto lo que se va a hacer es excluir a esa clase popular (SC) que lo único que hace es manifestar el descontento que tiene respecto a las decisiones tomadas por el gobierno. Entonces donde queda la parte que define la democracia como la igualdad de las personas y la libertad que cada uno tiene para pronunciarse ante una situación (en Colombia principalmente de inconformidad), además de esto se sabe que la protesta es un derecho que tienen los seres humanos, por lo tanto es inaceptable que haya de ser reprimida y sancionada. No obstante, estoy de acuerdo con que castiguen e impongan sanciones penales a todos aquellos que quieran desestabilizar el orden público con actos vandálicos como se vivió en pasados días en el país. La conducta de unos pocos vándalos estigmatiza a todos los demás sectores. El gobierno generaliza y no debe ser así. Se deben implementar otros mecanismos de orden (anulando el proyecto) los cuales sean coherentes con la forma de gobierno que se emplea en este país, no obstaculizar los mecanismos de participación de la sociedad civil, menos aun con los procesos de paz que se están adelantando. Debe haber unanimidad en la sociedad pero a la vez debe haber regulación por parte del Estado para mantener la estabilidad y el orden.

    ResponderEliminar
  5. La protesta, considerada como la acción de "proclamar o declarar un propósito, expresar impetuosamente una queja o disconformidad", constituye uno de los derechos más importantes en un estado social de derecho, al cual la nación puede acceder para hacer notar todos sus reclamos con respecto a todas las contrariedades que el gobierno en función de ente representante de los intereses de la masa ejecute en su contra.
    La iniciativa del ministro de defensa Juan Carlos Pinzón, es una señal evidente de opresión hacía el derecho fundamental de libertad de expresión, que en un país como Colombia ha sido coartado por la fuerza ilegal y grupos armados al margen de la ley. Lo que se pretende es prohibir de manera rotunda la posibilidad de los colombianos que protestar (como en las últimas semanas) por aquellos puntos del orden del día que alteran la estabilidad de los ciudadanos.

    En este orden de ideas, la opinión pública no se ha hecho esperar, de hecho muchos funcionarios del gobierno ya se han pronunciado en contra de semejante iniciativa, como por ejemplo el senador Robledo, afirmó que “retirar la palabra ilícitos es un cambio tenebroso, eso quiere decir que actos legales como la protesta se convertirían en delitos. Yo le pregunto al presidente Juan Manuel Santos ¿si acciones como está, o tomar la decisión de duplicar la cantidad de agentes del Esmad en el país no son las que diferencian una dictadura de una democracia?. Con este artículo tenga claro que pueden ser procesados dirigentes gremiales, líderes sociales y a los políticos que estén de acuerdo con los justos reclamos de las personas”.

    En este sentido el paro agrario, minero y de transportadores son en su esencia la más pura manifestación de la opinión y necesidades del pueblo que no pueden ser censurados, en la medida en que Colombia comenzaría a configurar tintes de una dictadura.
    “No queremos ricos, no queremos sacerdotes ni gobernantes; no queremos bribones que exploten las fuerzas de los trabajadores; no queremos bandidos que sostengan con ley a esos bribones, ni malvados que en nombre de cualquier religión hagan del pobre un cordero que se deje devorar de los lobos sin resistencia y sin protesta. Porque cualquiera que este una pulgada arriba de nosotros es enemigo. “- Ricardo Flores Magón-

    ResponderEliminar
  6. tal como se encuentra definido por el congreso de la República de Colombia, la forma de gobierno que se implementa dentro del territorio nacional es la democracia entendiéndola como una forma de gobierno donde los ciudadanos eligen a sus representantes y estos son los encargados de dirigir políticas encaminadas a defender derechos como el derecho a la libertad de expresión, derecho que se ven vulnerados con la iniciativo presentada por el ministro de defensa Juan Carlos Pinzón.
    el querer penalizar a la protesta como un acto delictivo viola los derechos de la ciudadanía a una rendición de cuentas justo y a manifestar su sentimiento de desacuerdo con las medidas implementadas por el Estado, si se llega a penalizar la protesta se le estaría quitando un derecho a la ciudadanía y en si se estaría rompiendo el proceso democrático en nuestro país, la protesta en una vía para construir una democracia ciudadana donde el pueblo tenga mayor participación y se logre a futura una mayor igualdad.
    en conclusión, si lo que el gobierno busca es erradicar los brotes de vandalismo que lastimosamente se hicieron presentes durante las marchas en el paro agrario debe de buscar la manera de brindar un ambiente de seguridad para que el proceso de protesta cada día sea mas seguro y se pueda llevar a cabo pacíficamente, no buscar la forma de penalizarlo para callar y vulnerar a los ciudadanos.

    ResponderEliminar
  7. La iniciativa del Ministro de Defensa Juan Carlos Pinzón de declarar como ilegal la protesta, es la muestra de la violación uno de los derechos fundamentales en Colombia, como lo es la libertad de expresión, pues no cabe la menor duda que el hecho de protestar se entiende como “aquella muestra de disconformidad o descontento que un individuo expresará respecto de algo o de alguien.” Y No puede ser posible que con el paso de los días en Colombia se nos siga limitando cada vez mas, y de diversas formas (bien sea por el Estado o con los grupos armados) la posibilidad o el derecho como tal, de expresarnos, de protestar.
    Si durante los últimos meses se han presentado diferentes protestas y estas han sido de forma continua, no es porque el Estado este haciendo bien las cosas, pues desafortunadamente, con el aumento de la firma de los TLC (Tratados de Libre Comercio) se han visto perjudicados diferentes intereses de los camioneros, de los caficultores, agricultores, sin tener en cuenta que ese es el sustento de muchas familias que en su defecto, toda su vida se han dedicado, por ejemplo, a cultivar, y hoy en día tienen mas de 40 años y solo saben cultivar papa, arroz, café, entre otros.

    Desafortunadamente, nuestra democracia no funciona no solo por los políticos que nos administran, sino por la ignorancia de accountability que llevamos nosotros como ciudadanos tanto al elegirlos como a la hora de querer saber que es lo que en realidad se esta haciendo. La sociedad colombiana, parece no tener memoria o mas bien, parece no querer su país. Con el paso del tiempo hemos permitido que nuestros gobernantes hagan lo que quieran y no hacemos sentir la voz del pueblo. No es suficiente con los medios de comunicación, existen diferentes mecanismos de participación, los cuales podemos hacer exigibles y lograr así una mayor inclusividad en las mismas normas que nos rigen.

    ResponderEliminar